martes, 29 de septiembre de 2020

CONTABILIZACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS POR PAGAR

 

 

 

IVA  generado y discriminado  en  la  factura:   Es  el  impuesto  que  deben  cobrar  los  responsables del impuesto a las ventas, discriminado en la factura de venta;  es  el  IVA generado  y  su valor  acredita  la  cuenta  impuestos  sobre  las  Ventas  por  Pagar.


Excepciones:  Se  exceptúan  del  impuesto  sobre  las  ventas  los  siguientes  utensilios escolares, del aseo y del  hogar.


  • Uniforme único  escolar, lápices de escribir, crema dental, jabón  de  uso personal, jabón de  barra para lavar, creolina, escobas, trapeadores y cepillos, pilas, velas,pañales, corte  de  cabello  para  hombre  y  mujer, fosforos, gas propano para uso doméstico.
  • Estan excentos, ademas  los  equipos y elementos que importen las instituciones de educación superior, centros de educación superior, centros de investigación,y de altos estudios debidamente reconocidos  y  que  esten destinados a proyectos de investigación cientifica, tecnologógica, aprobados  por  el  Departamento Nacional de Planeación
  • Gozaran de la exoneración del impuesto  sobre  las  ventas, el concreto, ladrillos, tejas de zinc, de  barro, y asbesto- cemento, siempre  y  cuando tales  bienes  se  destinen a la construcción de  vivienda.
  • Responsables del impuesto sobre  las  ventas  en  servicios: Serán responsables del impuesto sobre  las  ventas quienes  presten servicios con excepción  de:
  • Quienes presten servicios expresamente excluidos del impuesto en la  ley.

Quienes  cumplan las condiciones exigidas para pertenecer al regimen simplificado.

 

SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL IMPUESTO SOBRE  LAS  VENTAS:  Servicios  de salud  humana, transporte,arrendamiento financiero, administración de fondos del estado, comisiones de bolsa, entre  otros.

 Ejemplo:

 Un comerciante  vende  al  contado  mercancias  nacional  por  valor  de $750.000; IVA 16%.

 

 



 

Un importador vende  a  crédito licores  por  valor de $ 3.500.000;IVA 16%.

 

 

 

La  copañia de equipos  internacionales vende al contado mercancias por valor de $360.000; IVA 16%.

 

 

 

El  Parqueadero Autolujo por  un  mes  de  servicio recibe $30.000; más IVA 16%.

 

 

 

lunes, 28 de septiembre de 2020

LA AUTORRETENCIÓN. Semana No. 28 y 29

 

 

 

Las  personas  jurídicas  que  realizan  un  gran  volumen  de  operaciones, que  implique  muchos retenedores, pueden solicitar a la Dirección  General  de  Impuestos Nacionales, autorización para  autorretener  por concepto de ventas, contratos de urbanización y construcción, honorarios,comosiones, servicios y arrendamientos  devengados.


Las  empresas  autorretenedoras deben manifestar expresamente en las facturas de ventas  y  cuentas de cobros  por  servicios, la autorización para que sus clientes no les practiquen la Retención en la Fuente.


Ejemplo:Ospina Hnos,  vende mercancias al contado a Distrilar Ltda, por  valor  de $385.400, Iva 16%.  El vendedor  es  autorretenedor.



Nota: La autorretención se  efectua en el momento en que la empresa elabora la declaración mensual y paga la retención  en  la  fuente.


Ejemplo: Un comerciante autorretenedor, vendió mercancias, durante el mes de diciembre, por valor de $ 5.350.820; en la fecha de declaración y pago de la retención, elabora  el  siguiente asiento: ( $ 5.350.820  x 3% 0 $160,525).


Retención en la fuente por ventas   con  tarjeta de  crédito:


a) Responsables:  Las empresas  que venden bienes o servicios  con  tajetas de crédito deben liquidar el 5% de retención  en  la  fuente sobre  el 87.5% sobre  el  valor  de  la  operación (D. 380 de 1996).


b) Contabilización de la Retención en la fuente, por ventas con  tarjeta de crédito por  valor  de $300.000; Iva 16%, comisión financiera 7%, Iva sobre  comisión  finasnciera 16%, retención  en  la  fuente 1.5%.

Mercancías  por $300.000; Iva $48.000;   valor  de  la  operación  $348.000,  Comisión 75  sobre $348.000  = $24.360.

 

Iva por comisión  financiera = $24.360 x 16% =3.898

base para retención en la fuente: $348.000 x 87.5% = $304,500

Retención  en  la  fuente $304,500 x 1.5%  =$4,567. 

 


 

RETENCIÓN EN LA FUENTE EN EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS:

 a) Descripción:  A partir del primero de febrerode 1996 se establece  la retención  en  la fuente sobre  los  pagos  o  abonos en cuentas que se efectuen por impuesto  sobre  las  ventas con una tarifa del 50%, salvo que se trate de la prestación de servicios gravadas contratados con personas o entidades sin residencia o  domicilio en el país en cuyo caso la retención será del 100% del valor del impuesto (Art.510 E.T.). 

 

b) A quienes  no  se  aplica: No se debe  aplicar  retención  en  el  impuesto sobre las ventas en los siguientes  casos: 

1)Cuando la prestación de servicios sea inferior a $30.000 y sobre compras gravadas, por cuantia inferior a $210,000 para 1.996 (Decreto 782 de 1.996).

2)Responsable del régimen común que  sean catalogados  como  grandes  contribuyentes.

3)Entidades estatales.


c) A quienes  se  aplica:  La  retención  se  aplica en los siguientes  casos:

1) El gran contribuyente retiene a los  responsables del regimen común que no sean grandes contribuyentes y a todos los responsables del régimen simplificado.

2) El responsable del régimen común que no sea gran contribuyente retiene a los responsables del regimen simplificado.

 




martes, 22 de septiembre de 2020

EL RÉGIMEN COMÚN. Semana No. 28 y 29

 

 

 

Los  comerciantes, productores e importadores que no  cumplan  con  los  requisitos  para  pertenecer  al  régimen simplificado, deben acogerse al  régimen común.

 

Obligaciones de los responsables del régimen  común:

 

- Expedir factura con los requisitos legales.

- Cobrar, declarar y pagar el impuesto sobre  las ventas por periodos bimestrales, de acuerdo con el calendario fiscal.

 

- Retener, declarar y pagar mensualmente el impuesto sobre las ventas retenido, de acuerdo con los plazos que señale el gobierno nacional.

 

- Retener, declarar y pagar mensualmente la retención en la fuente, según el calendario fiscal.

- Expedir certificados de retención.

 

TALLER  EN  CLASE:

 

Buscar  el  significado  de  las  siguientes  palabras y formar  3 oraciones con cada una de ellas.

a). Iva.

b). Impuesto.

c). Vender.

d). Pagar.

e). Régimen.

f)Registrar.

g). declarar.

h). Comerciante.

i). Menor.

j). Mayor.

k). Simplificado.

l). Común.

ll). Máximo.

m). Libro.

n). fiscal.

ñ). Expedir.

o). Contabilizar.

p). Responsable.

 

 EJES  TEMATICOS  TERCER PERIODO:

 

1) La  partida  doble.

 

2) Ejercicios  de aplicación.

 

3) Impuesto  sobre  las  ventas  por  pagar ( IVA).

 

4) Régimen simplificado.

 

5) Responsables del régimen simplificado.

 

6) Responsables del régimen común. 

7) Contabilización del impuesto sobre las ventas por pagar.

 

7)  Obligaciones del régimen  común.

 




 

lunes, 21 de septiembre de 2020

CONTRATO DE TRABAJO Y NOMINA. Semana No.25 -28.

 

 

 EL  CONTRATO  DE TRABAJO:


Según el código sustantivo del  trabajo: Contrato de trabajo  es  aquel por el cuál  una  persona natual  se  obliga a prestar  un  servicio personal a otra natural  o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.

Quien presta el servicio se denomina " trabajador",  quien  lo  recibe  y  remunera, " empleador", y la remuneración, cualquiera  que sea su forma,  " salario", según el aeticulo 22  del (  C. S. T.).


ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO:

Para que haya contrato de trabajo  se  requierem tres elementos esenciales:

_ Actividad personal del trabajador.

- Subordinación del trabajador hacia el empleador.

- Salario como tribución del servicio. ( Art. 23 C.S.T).


DURACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO:

" El contrato  de  trabajo  puede  celebrarse  por  tiempo  determinado, por  el  tiempo  que  dure la realización de una  obra  o  labor determinada, por tiempo  indefinido o  para  ejecutar  un  trabajo  ocasional, accidental o transitorio. ( Articulo 45 C.S.T.).


TERMINACIÓN  DEL  CONTRATO  TRABAJO:

El  contrato  de  trabajo   termina por:

1) Muerte  del  trabajador.

2) Mutuo consentimiento.

3)Expiración  del  plazo  fijo  pactado.

4) Terminación  de  la  obra o labor contratada.

5)Liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento.

6) Suspensión de actividades por  parte  del  empleador durante  mas  de  120 días.

7)sentencia  ejecutoriada.

8) Decisión unilateral por parte del empleador o por  parte  del  trabajador.

9) Por  no  regresar  el  trabajador a su empleo, al desaparecer la causa de suspensión del contrato. ( Art. 61 C.S.T).


INDEMNIZACIÓN POR TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO SIN JUSTA  CAUSA:

EJES TEMATICOS TERCER PERIODO

 



DESCUENTOS EN LA RETEFUENTE.

AUTORRETENCION.

RETENCION EN LA FUENTE POR VENTAS CON TARJETA DE CRÉDITO.

RETENCIÓN EN LA FUENTE EN IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS.

DEDUCCIÓN DE LA RETENCIÓN EN LA FUENTE.


-DOCUMENTOS SOPORTES:

PROCEDIMIENTOS CONTABLES.

RECIBO DE CAJA, 

CONDIGNACIÓN BANCARIA.

COMPROBANTE DE CUENTA DE AHORRO.

FACTURA DE COMPRA- VENTA.

CHEQUE.

COMPROBANTE DE PAGO.

LETRA DE CAMBIO.

PAGARÉ.

NOTA DEBITO.

NOTA CRÉDITO.

RECIBO DE CAJA MENOR.

NOTA DE CONTABILIDAD.

COMPROBANTE DIARIO DE CONTABILIDAD.


-LIBROS  DE CONTABILIDAD ( 10°):

ASPECTOS LEGALES- SEGUN EL CODIGO DE COMERCIO.

SEGUN EL ESTATUTO TRIBUTARIO.

LIBROS PRINCIPALES.

LIBROS AUXILIARES.


libros principales  y  libros  auxiliares


EJES TEMATICOS TERCER PERIODO.

 

 

 CONTRATO DE  TRABAJO.

 

ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO.

 

DURACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO.

 

TERMINACIÓN DEL CONTRATO  DE  TRABAJO.

 

INDEMNIZACIÓN  POR TERMINACIÓN  DEL CONTRATO DE TRABAJO. SIN JUSTA  CAUSA.

 

LIQUIDACIÓN  DE  LA  NÓMINA

 

LIQUIDACIÓN  DEL  CONTRATO  DE  TRBAJO.

 

CONTROL  DE  MERCANCIAS  Y  CARDEX.

 

ESTADOS FIANANCIEROS

 

ANALISIS  FIANCIEROS.

 

CICLO CONTABLE.

 

 

 

DESCUENTOS EN LA RETENCIÓN EN LA FUENTE. Semana No 27 y 28

 

 

 

Cuando se anulen o resuelvan operaciones  que  hayan  sido sometidas a Retención en la Fuente, por impuesto  sobre  la  renta o complementarios, el agente retenedor podrá descontar las sumas que hubiere retenido  por  tales  operaciones, del monto  de  las  retenciones por  declarar  y  consignar en el periodo  en  el  cual se hayan anulado o resuelto las mismas. si el  monto  de  las  retenciones que debieron efectuarse en tal periodo no  fueron suficiente, con  el  saldo podrá afectar las de los periodos inmediatamente siguientes.

 ejemplo:  Un comerciante devuelve mercancias compradas a crédito por valor de $150.000, Iva 16% y Retención  en  la  fuente 3%..

 

Retenedor o comprador:

 


 

Ejemplo:Una  empresa, agente retenedor, devuelve  mercancias compradas a crédito por valor de $ 250.000, Iva 16%, Retención en la fuente 3%.

 

 

 

ejemplo: Pelaez Hnos, compra mercancias a crédito a 60 días de plazo, por valor de $400.000. La empresa cancela el valor de la deuda a los 15 días y aprovecha el 5% de descuento por  pronto pago; Iva 16%. Retefuente 35.

 

Asiento de compra:

 

 

 

 

Asiento de pago:

Descuento: 400.000 x 5% = 20.000

 Valor por pagar: 452.000 - 20.000 = 432.000. 




INVESTIGAR:


1) CUÁL  ES  LA  FUNCIÓN  DE  LA  AUTORRETENCIÓN Y  DAR  EJEMPLOS.  


2) QUIENES  SON LOS RESPONSABLES DE LA RETENCION EN LA FUENTE POR VENTAS CON TARJETAS DE CREDITO, Y DAR EJEMPLO.




miércoles, 16 de septiembre de 2020

IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS POR PAGAR. Semana del 25 y 26.














































 IVA  POR  PAGAR:

A partir del primero  de  Abril de 1984  los  productores,  importadores y los comerciantes deben cobrar  el  impuesto en el momento  de  vender los artículos producidos, importados y comercializados por ellos.
También lo deben cobrar las personas que presten algunos servicios gravados como: parqueaderos, clubes sociales y deportivos, reparaciones, seguros, restaurantes, hoteles, servicio telefónico, computación y procesamiento de datos y otros.
En la mayoría de los casos, el impuesto que se debe cobrar es el 16% (vigente a partir del 1 de enero de 1986), del precio de venta de los artículos que se vendan dentro de este precio se deben incluir aquellos  gastos necesarios para realizar la venta como son fletes y acarreos, gastos financieros, y otros liquidados en la misma factura..
Existen algunos  casos en los cuales el impuesto equivale al 35% del precio de venta del bien y lo deben cobrar solamente los importadores de artículos gravados con esta tarifa, según la Dirección General de impuestos nacionales. 
Luego  de  la  reforma  tributaria  el  IVA,  paso  del  16%  al  19%.








 RÉGIMEN PARA REGISTRAR Y DECLARAR  VENTAS.


Existen dos regímenes para la inscripción en el registro nacional de vendedores, quienes estén obligados, de acuerdo con sus características, deben seleccionar el que les corresponda.

ellos  son: régimen simplificada y régimen común.





RÉGIMEN SIMPLIFICADO:  Es  un  tratamiento  especial que  se  ha  diseñado para  los  comerciantes  minoristas  o  detallistas, cuyas  ventas  estén  gravadas a la tarifa general  del impuesto sobre  las  ventas (16 %).

tengamos presente que  el   IVA  actual  para  las  ventas  es  del  (19%).





 RESPONSABLES DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO:  Quienes  vendan  bienes  o   servicios gravados  podrán  inscribirse  en  el  régimen  simplificado del impuesto  sobre  las ventas cuando  cumplan  la  totalidad de  las  siguientes  condiciones.


  • Que  sean  personas  naturales.
  • Que  tengan  máximo dos establecimientos de comercio.
  • Que no  sean  importadores de bienes corporales muebles.
  • Que no vendan por cuenta  de  terceros, así  sea  a nombre  propio.
  • Que sus ingresos netos provenientes de su actividad comercial en el año inmediatamente anterior (1995), sean inferiores  a  la  suma de 54.000.000 y que su patrimonio  bruto  fiscal al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior (1995), sea inferior a $150.000.000, según el ( Art. 499 del  E. T.)


Compromisos  de  los  comerciantes que pertenezcan al régimen simplificado:





  • Deberán llevar como  costos o gastos en el impuesto de renta el IVA pagado  en la adquisición de bienes y servicios. 
  • Deberán  llevar  el  libro fiscal de registro de operaciones diarias por cada establecimiento ( pagina 140).
  • No están obligados a presentar declaración de impuesto  sobre  las  ventas (Art. 601 E.T). 
  • No pueden cobrar el  IVA  por la venta o prestación de servicios gravados (Art. 437 E.T)
  • No están obligados a expedir facturas  en  las  operaciones realizadas.




NUEVO  CORREO:   sorivera2020@gmail.com














martes, 15 de septiembre de 2020

EJES TEMATICOS, TERCER PERIODO Semana Nmo. 25 y 26







LA  PARTIDA  DOBLE.



EJERCICIOS APLICANDO  LA  PARTIDA  DOBLE.


IMPUESTO  SOBRE  LAS  VENTAS  POR  PAGAR  (  IVA).


REGIMEN  SIMPLIFICADO.


RESPONSABLES  DEL  REGIMEN  SIMPLIFICADO.


 REGIMEN COMUN.


RESPONSABLES DEL REGIMEN COMUN.


CONTABILIZACION DEL IMPUESTO SOBRE  LAS  VENTAS  POR  PAGAR.


SUSTENTACION  DE  LOS  TEMAS  VISTOS - INVESTIGACIONES.


PRESENTACION PROYECTO EMPRESARIAL  /  FERIA EMPRESARIAL / Noviembre 26 al 30 del 2020.



lunes, 14 de septiembre de 2020

RETENCION EN LA FUENTE POR COMPRAS: Semana No. 25 y 26.





Cuando  se  efectuen  compras, abonos  o  pagos susceptibles de constituir ingresos tributarios. para quien  los  reciba se debe practicar retención en la fuente, sobre el valor  de  la  mercancía, sin  incluir el IVA. La tarifa  es  del  0,1%   para combustibles y el 3%, sobre  las  demas  compras superiores a $170.000 para  el  año 1995.


ejemplo:  La  papeleria  Universal  compra mercancias al contado por valor  de  $574.300; IVA  del  16%  y  Retefuente 3%.



Comprador:













Vendedor:














Ejemplo: La  empresa  compra  muebles  a crédito  según factura No. 4568  por  valor de $ 950.000, IVA  16%,  Retención  en  la  fuente  3%.


Comprador:








CAUSACION DE LA RETENCION EN LA FUENTE:

1) La  Retención  en  la  fuente que efectué  el  retendor se contabiliza en la fecha que se causa, aunque su  pago  sea  posterior.


Ejemplo: Garcia Ltda. compra mercamcías a crédito por $485.000, según  factura No. 450 del Almaen News S. A; IVA 16%, Retefuente 3%.


Retenedor  o comprador.




Al  cancelar  el  valor  de  la  compra  de  mercancias a crédito, el asiento para el retenedor o comprador es el siguiente.









La Retención en la Fuente quedo contabilizada en la fecha en que se compró la mercancia, es decir, cuando se causo la Retención.

La Retención que le efectúan al retenido se contabiliza en la fecha en que recibe el pago, o en la fecha de venta.


Ejemplo:  La empresa  vende mercancías  a  crédito  por  valor  de $485.000, según factura No. 450 a García Lrada,  IVA  16%

El vendedor registra la venta con retención del 3% asi:



En el momento del cobro de la mercancias vendida a crédito, el vendedor verifica que su cliente es agente retenedor y la ha deducido Retención en la fuente. (3%) sobre el valor de lamercancía..

Esta tranzación  se contabiliza  asi:

Retenido  o  vendedor.





viernes, 11 de septiembre de 2020

TALLER EN CLASE. Semana 23 y 24







1). Un comerciante del  R.C.  vende al contado  mercancias gravadas, a un comerciante del regimen simplificado,  precio  de venta  al  público  $3.850.000, incluido  el  Iva  (19 %).


2).Un  comerciante del regimen simplificado, vende a crédito mercancías gravadas a un comerciante del   R.C.  por $4.500.000.



3). Un comerciante del  R.C.  vende a crédito mercancías gravadas  a  un comerciante del R.S, precio de venta al público $ 6.300.000, incluido Iva ( 19%.)


4). Un comerciante del  R.S. vende al contado mercancías gravadas  a un comerciante del R.C, por $ 8.200.000.


5). Un comerciante del R.C, vende al contado mercancias gravadas, a un comerciante del R.S, precio de venta al público $ 6.250.000. Iva  incluido del (19%).

miércoles, 9 de septiembre de 2020

TALLER EN CLASE. Semana No. 23 y 24




TRABAJAR  LOS SIGUIENTES  EJERCICIOS  EN  CUENTAS  T, COLOCAR  EL  NOMBRE  DE  LAS  CUENTAS  CON  SUS CODIGOS.



1). Compra  al  contado  un computador  para  la  oficina por $1.400.000.


2).  Compra  al  contado  muebles  para  la  oficina por $ 475.000


3). Compra  a  crédito de mercancias por $ 350.000.


4). Compra a crédito mercancias por $ 4. 350.000


5).Compra  al contado  mercancias  por $ 480.000.


6).Compra  de  mercancía  nacional al contado, según factura No. 4580, por valor de $630.000.


7).Compra  a  crédito mercancia nacional  por $ 490.000.


8).De  su  creatividad  redactar  y  realizar    3  problemas   de  contabilidad, para completar  los  puntos 8, 9 y 10





lunes, 7 de septiembre de 2020

CONTRATO DE TRABAJO Y NOMINA. Semana 23 y 24






TALLER  EVALUATIVO:




1). Que  entiende  por  contrato  de  trabajo?



2). Cuáles  son  los  elementos  del  contrato de trabjo?



3). Cuál  es  la  duración  del  contrato  de  trabajo?



4).Cuándo  termina  el  contrato  de  trabajo?



5).qué  nos  habla  la  ley  50  de  la  reforma laboral, frente  a  la  subordinación?



6).Qué  es  indemnización?



7). cuándo  tenemos  derecho  a  ser  indemnizados?



8).Qué  es  la  nómina?



9). Cuáles  son  las  partes  de  la  nómina?



10).Qué  entiendes  por  valor devengado?

TALLER CONTABILIDAD. Semana No. 23 y 24








CONTABILIZAR  DESDE  EL  PUNTO  DE  VISTA  COMPRADOR  Y   PUNTO   DE  VISTA  VENDEDOR:


1).Un comerciante  del  R.C vende al contado mercancia gravada a un comerciante del R.S, precio  de  venta al público $10.000.000, Iva (19%).



2). Un comeciante del R.S vende a crédito mercancias gravada a un comerciante del R.C, por $ 6.000.000.



3). La compañia tubos internacionales, vende a crédito materias prima, a la compañia hola S.A, por valor  de $12.000.000, más  el  Iva del (19%).



4). Un importador vende a crédito a la emsambladora mazda S.A, carrocerias por valor de $60.000.000, mas Iva del (45%).



5). Se vende a crédito mercancias por $ 4.000.000, más Iva del (19%).



6). El cliente anterior devuelve el 50% de la mercancía.



7). Miramar Lda, compra  a crédito a maquisur S.A. maquinaria  por  valor de $50.000.000,  más  Iva de (19%).



8). Se compra  mercancías a 60 días de pazo por $20.000.000 con  Iva del  (19%).



9). Transcurrido 20 días, cancela la deuda y recibe un  descuento  por pronto pago del 5% por el valor  de la mercancía. - ver  punto  anterior-



10) Compta mercancía  al  contado por $ 15.000.000 y recibe  un  descuento  por  pago  de contado del 5%  con  un  Iva  del  (19%)..


Bendiciones.


jueves, 3 de septiembre de 2020

SUSTENTACIÓN TALLER COMPROBATORIO. Semana No. 22.





TRABAJAR  EN  ASIENTO  HORIZONTAL  Y  CODIFICAR:




1) Iva descontable:


a) Compra de mercancía nacional al contado, por  valor  de $580.000, Iva 19%.


b) Compra a crédito de mercancía nacional por $ 940.000, Iva 19%.


C) Pago de fotocopias por $ 25.000, Iva 19%.


2) Iva no descontable:


a)Compra  al  contado  muebles  para  la  oficina por $860.000, Iva 19%.


b)Compra al contado un computador para la oficina por $ 1.500.000, Iva 19%.



 3) Retención en la fuente por servicios:  (Trabajar punto de vista Retenedor  y  Retenido.).


a) Pago de fletes por transporte de mercancías por $200.000, retefuente 2%.



4) Retención  en  la  fuente  sobre honorarios: (Trabajar punto de vista Retenedor y Retenido).


a)Pago de honorarios por $300.000, retefuente 10%.



Correo.  sorivera2020@gmail.com




martes, 1 de septiembre de 2020

SUSTENTACIÓN TALLER COMPROBATORIO CONTABILIDAD. Semana No. 22





HORARIO    SUSTENTACIÓN  TALLER  COMPROBATORIO.



Trabajarémos  el  taller  comprobatorio  en  pequeños  grupos  y  en  diferentes horarios.



Favor  cumplir  con  el  horario  correspondiente.



ESTUDIANTES  CORRESPONDIENTES AL  GRUPO  DE  LAS  7;30 am.



ARIAS  DOMINGRUEZ BRANDON.

CALVACHE  BONILLA  LAURA  ALEJANDRA.

CAMACHO CAICEDO JHONATAN STIC.

CUENCA  LOPEZ  ALEXIS.

GARCIA CEBALLOS  SHARAY  TERESA.



ESTUDIANTES  QUE  CORRESPONDEN  AL  GRUPO  DE  LAS  8;30 am.



GONGORA  CASTRO  ALAN  SCHNEIDER.

GUZMAN  SOLARTE SAMANTHA.

IDROBO GONZALEZ ANYI LORENA

MEDINA VALDERRAMA SARY NICOL.

MERA  MORENO NATHALIA ANDREA.



ESTUDIANTES  QUE  CORRESPONDEN  AL  GRUPO  DE  LAS  9;30  am.




MUÑOZ DIAZ  ANDRES.

MUÑOZ ECHEVERRY JOSHUA ANDRES.

RAMOS LOPEZ DEIVI JHOAN.

RIASCOS ARANGO JUAN  JOSE.



ESTUDIANTES QUE CORRESPONDEN AL GRUPO DE LAS 10;30 am.



SOLIS MADRI JUAN PABLO.

ZUÑIGA CHARA JUAN FELIPE.

NEYRA  ARCE  VALERIA  STEPHANY.




SUSTENTACIÓN TALLER COMPROBATORIO CONTABILIDAD. Semana No. 22.





HORARIO SUSTENTACIÓN TALLER  COMPROBATORIO.





Trabajarémos  el  taller  comprobatorio  en  grupos  pequeños  y  en  diferentes  horarios.


Favor cumplir  con  el  horario  correspondiente.







 ESTUDIANTES  CORRESPONDIENTES  AL  GRUPO  DE  LAS  7;30 am.




ACEVEDO  MURILLO  JHON ERICK.

BORJA DELGADO DHARON STEPHANNI.

CASTAÑO CASTRILLON  ALEJANDRA.

CHILEWITT SERNA JOEL DAVID.

GUZMAN  MARMOLEJO  SOFIA.



ESTUDIANTES  CORREESPONDIENTES AL GRUPO  DE  LAS  8;30 am.



JOLY  GRAJALES  JULIANA.

MOGROVEJO  PADILLA  BEYONCE JENNY

MORALES RESTREPO  MARIANN MICHELL.

MOSQUERA BONILLA YESID HANS.

MURIEL SAENZ FRANCO  ALEXANDER.



NIETO  ZULUAGA  MARIANA.



ESTUDIANTES  CORRESPONDIENTES  AL  GRUPO  DE  LAS  9;30  am.



OLIVEROS  RESTREPO LUISA FERNANDA.

PALOMA SANCHEZ RONNIE YLIAN.

PERDOMO GAVIRIA NICOLLE  VALERIA.

PEREZ  ESPINOSA.  ISABELLA.

PULGARIN DURAN SEBASTIAN.



ESTUDIANTES CORRESPONDIENTES  AL  GRUPO  DE  LAS  10;30 am.



RODRIGUEZ  ORTIZ  KTALINA.

SANCHEZ  RIOS  MIGUEL  ALGEL.

SOSSA BETANCOURT CARLOS ENRIQUE.

ZULUAGA  GOMEZ JUAN PABLO.








SUSTENTACIÓN TALLER COMPROBATORIO - CONTABILIDAD. Semana No. 22









HORARIO  SUSTENTACIÓN TALLER  COMPROBATORIO.


Trabajarémos el taller comprobatorio en pequeños  grupos  y  en  diferente horarios.



Favor  cumplir  con  el  horario  correspondiente.









ESTUDIANTES  CORRESPONDIENTES  AL  GRUPO  DE  LAS  7;30 am:


ADARVE  RIVERA  DICK  ALLEN.

AGUIRRE  ISABEL  SOFIA.

ALVAREZ OTALORA  MARIA  CAMILA.

ALZATE MAURY ANGISOFIA.

BELDRAN ANDRADE ANA  SOFIA.


ESTUDIANTES  CORRESPONDIENTES AL GRUPO  DE  LAS  8:30 am:



JOYA BECERRA CHELSEA.
 
RAMIREZ  URREGO  VALENTINA.

SALAZAR BENAVIDES JUAN DIEGO.

AGUDELO FANDER.

FERNANDEZ JUAN  STEBAN.



ESTUDEIANTES  CORRESPONDIENTES  AL  GRUPO  DE  LAS  9;30 am. 



MARIN  OROZCO  JOSE  MARTIN.

MONTOYA  BELTRAN  JUAN  DAVID.

MUÑOZ PRECIADO HEIDY.

OCORO VALENCIA MARIA DEL MAR.








ESTUDIANTES    CORRESPONDIENTES  AL  GRUPO  DE  LAS   10;30 am.



CASTILLO CASTRO  SARA  VALENTINA.

CHAVEZ AFANADOR  DANI YIRELLY.

ESCOBAR DELGADO LUIS FELIPE.

GONGORA CASTRO FERNEY STIVEN.

HENAO  SANCHEZ  JENNIFER  MAYRETH.