EL CONTRATO DE TRABAJO:
Según el código sustantivo del trabajo: Contrato de trabajo es aquel por el cuál una persona natual se obliga a prestar un servicio personal a otra natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.
Quien presta el servicio se denomina " trabajador", quien lo recibe y remunera, " empleador", y la remuneración, cualquiera que sea su forma, " salario", según el aeticulo 22 del ( C. S. T.).
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO:
Para que haya contrato de trabajo se requierem tres elementos esenciales:
_ Actividad personal del trabajador.
- Subordinación del trabajador hacia el empleador.
- Salario como tribución del servicio. ( Art. 23 C.S.T).
DURACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO:
" El contrato de trabajo puede celebrarse por tiempo determinado, por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada, por tiempo indefinido o para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio. ( Articulo 45 C.S.T.).
TERMINACIÓN DEL CONTRATO TRABAJO:
El contrato de trabajo termina por:
1) Muerte del trabajador.
2) Mutuo consentimiento.
3)Expiración del plazo fijo pactado.
4) Terminación de la obra o labor contratada.
5)Liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento.
6) Suspensión de actividades por parte del empleador durante mas de 120 días.
7)sentencia ejecutoriada.
8) Decisión unilateral por parte del empleador o por parte del trabajador.
9) Por no regresar el trabajador a su empleo, al desaparecer la causa de suspensión del contrato. ( Art. 61 C.S.T).
INDEMNIZACIÓN POR TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO SIN JUSTA CAUSA:
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