domingo, 30 de agosto de 2020
HORARIOS: SUSTENTACIÓN TALLER COMPROBATORIO. Semana No 22
Trabajarémos la sustentación del taller comprobatorio, en pequeños grupos y en diferentes horarios.
Favor cumplir con el horario correspondiente.
ESTUDIANTES CORRESPONDIENTES AL GRUPO DE LAS 7:30am:
RODRIGUEZ GALEANO DYLAN.
RODRIGUEZ ORTIZ SANTIAGO.
ROJAS CANO MARIA PAULA.
SANCHEZ GONZALEZ JUAN CAMILO.
SERNA SANCHEZ JUAN JOSE.
ESTUDIANTES CORRESPONDIENTES AL GRUPO DE LAS 8;30 am:
HENAO GUETTE ANDRES DAVID.
HINCAPIE QUINBAYA KEVIN ANDRES.
LOPEZ ESPINOSA GABRIELA.
MARTINEZ CORTES SARA MARYANNA.
MUÑOZ ECHEVERRY SANTIAGO.
ESTUDIANTES CORRESPONDIENTES AL GRUPO DE LAS 9;30 am:
BARRERA ESPITIA KATALINA.
CAICEDO ROBLEDO MARIA CAMILA.
CALVACHE CAICEDO MARIA CAMILA.
CARDONA POLO JUAN CAMILO.
GOMEZ NIÑO ANNIE MICHELLE.
ESTUDIANTES CORRESPONDIENTES AL GRUPO DE LAS 10;30 am:
MURCIA PORTILLO VERONICA.
OROBIO MONTANES YURANY.
PEREZ ESPINOSA MARIANA.
QUIÑONES HERRERA SAMUEL ORLANDO.
ESTUDIANTES CORRESPONDIENTES AL GRUPO DE LAS 11;30 am:
VANEGAS MORCILLO SANTIAGO.
VELANDIA MUÑOZ DANIEL.
DE LA PAVA SEBASTIAN.
BENDICIONES.
viernes, 28 de agosto de 2020
CUESTIONARIO DEL TALLER COMPROBATORIO. Semana No. 21 y 22
COMPLETAR:
1) El impuesto sobre las ventas por pagar es:------------------------------ y su porcentaje actual es:--------------------------.
2) La partida doble es:--------------------------------------------------------------------------------------.
3) El régimen para registrar y declarar ventas es: ---------------------------------------- y ------------------------------------------------------.
4) Al régimen simplificado pertenecen los:--------------------------------------------------------.
5) Al régimen común pertenecen los:------------------------------------------------------------------------.
6) Asiento contable es:--------------------------------------------------------------------------------------.
7) Asiento simple es:--------------------------------------------------------------------------------------.
8) Asiento compuesto es:-------------------------------------------------------------------------------.
9) Comprobación de saldos es:------------------------------------------------------------------------.
10) Representa la ecuación patrimonial en las tres formas vistas en clase.
miércoles, 26 de agosto de 2020
TALLER COMPROBATORIO. Semana No. 21 y 22
1) Identificar y copiar al frente los códigos de las siguientes cuentas.
a) Cuenta de Ahorro.
b) Cuentas por Cobrar a Ttrabajadores.
c)Terrenos.
d) Maquinaria y Equipo.
e) Equipos de Oficina.
f) Flota y Equipos de Transporte.
g) Bancos Nacionales.
h) aportes Sociales.
2) Completar:
a) La partida doble es------------------------------------------------------------------.
b) Asiento contables es----------------------------------------------------------------.
c)Asiento simple es--------------------------------------------------------------------.
d) Asiento compuesto es-------------------------------------------------------------.
3) Explica con tus palabras ¿qué es comprobación de saldos .
4) Explica ¿qué es la ecuación patrimonial y repesentarla en la tres formas, vistas en clase.
domingo, 23 de agosto de 2020
RETENCIÓN EN LA FUENTE SOBRE HONORARIOS. Semana No. 21 -22.
Se entiende por honorarios la remuneración al trabajo prestado sin subordinación, donde predomine el factor intelectual, la creatividad o el ingenio sobre el trabajo manual o material. La retención es del 10%, aplicable sobre cualquier cuantía.
Ejemplo: Pago de honorarios a un abogado por elaboración de contratos $70.000, Retención en la fuente 10%.
Retención en la fuente por comisiones: Comisión es la retribución
que se hace a quíen realiza un negocio o un encargo por cuenta
agena, pero sin vinculo laboral , con la promesa de pagarle un valor fijo o un porcentaje de la transacción. La Retención del 10% aplica sobre cualquier cuantía.
Ejemplo: Pago de comisiones a terceros por venta de mercancías en consignación, $ 75.000; Retención en la fuente 10%.
Retención en la fuente por loterias, rifas, apuestas y similares: Loa pagos que efectúen las personas naturales y jurídicas y las sociedades de hecho sean o no contribuyentes, por estos conceptos son objetos de Retención en la Fuente, a titulo de ganancias ocasionales.
La tarifa es del 20% del pago o abono, siempre que exceda de $130.000 para el año 1994.
Ejemplo: La Loteria del Valle paga por concepto de un billete ganador en un sorteo la suma de $40.00.000 y efectua la retención del 20%
Retención en la Fuente por arrendamientos: Las personas jurídicas o sociedades de hecho, cualquiera que sea su naturaleza, sean o no contribuyentes, deben efectuar retención en la fuente, cuando realicen pagos o abonen en cuenta por concepto de arrendamiento de bienes muebles o inmuebles, sea directa o por intermediario.
La tarifa para bienes muebles (vehículos y maquinaria) es del 25 sobre cualquier pago o abono en cuenta. Para bienes raices 8 apartamentos, casas, lotes,edificios,oficinas), el 35 sobre $170.000 en adelante para el año 1995.
Ejemplo: La Fiduciaria Internacional arrienda un edificio a Comercial Latina con un canon de arrendamiento mensual de $470.000 y efectua la retención en la fuente del 3%.
CUESTIONARIO PARA EL TALLER COMPROBATORIO:
1) Responder y estudiar:
a) Qué es Impuesto sobre las ventas por pagar.
b) Quienes son los responsables del Régimen simplificado.
c) Quienes son los responsables del Régimen común.
d) Cuando se aplica el Iva descontable y dar ejemplos.
e) Cuando se aplica el Iva no descontable y dar ejemplos.
f) Cuando se aplica el Iva en devoluciones en ventas y dar ejemplos.
g) Cuando se aplica el Iva en devoluciones en compra
2) Qué es la Retención en la Fuente.
a)Qué entiendes por agentes retenedores.
b) Cuales son las obligaciones de los agentes retenedores.
c)Qué entiende por Retención en la fuente por servicios.
d) Qué entiende por retención en la fuente sobre honorarios.
e) qué entiendes por retención en la fuente por comisiones, dar ejemplos.
martes, 18 de agosto de 2020
LA ECUACIÓN PATRIMONIAL. Semana 20 y 21
DESCRIPCIÓN DE LA ECUACIÓN PATRIMONIAL:
Contablemente debe existir equilibrio entre las cuentas reales de
Activo, de Pasivo y de Patrimonio de una empresa, para determinar el
equilibrio entre estas cuentas, se utiliza una formula matemática
conocida con el nombre de Ecuación Patrimonial. Esta formula da a
conocer, independientemente, el valor del Activo, del Pasivo o
del Patrimonio.
ECUACIÓN PATRIMONIAL ---- ACTIVO = PASIVO + PATRIMONIO.
PASIVO = ACTIVO - PATRIMONIO.
PATRIMONIO = ACTIVO - PASIVO.
jueves, 13 de agosto de 2020
IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS POR PAGAR. Semana No 17-18 y 19-20
IVA POR PAGAR:
A partir del primero de Abril de 1984 los productores, importadores y los comerciantes deben cobrar el impuesto en el momento de vender los artículos producidos, importados y comercializados por ellos.
También lo deben cobrar las personas que presten algunos servicios gravados como: parqueaderos, clubes sociales y deportivos, reparaciones, seguros, restaurantes, hoteles, servicio telefónico, computación y procesamiento de datos y otros.
En la mayoría de los casos, el impuesto que se debe cobrar es el 16% (vigente a partir del 1 de enero de 1986), del precio de venta de los artículos que se vendan dentro de este precio se deben incluir aquellos gastos necesarios para realizar la venta como son fletes y acarreos, gastos financieros, y otros liquidados en la misma factura..
Existen algunos casos en los cuales el impuesto equivale al 35% del precio de venta del bien y lo deben cobrar solamente los importadores de artículos gravados con esta tarifa, según la Dirección General de impuestos nacionales.
Luego de la reforma tributaria el IVA, paso del 16% al 19%.
RÉGIMEN PARA REGISTRAR Y DECLARAR VENTAS.
Existen dos regímenes para la inscripción en el registro nacional de vendedores, quienes estén obligados, de acuerdo con sus características, deben seleccionar el que les corresponda.
ellos son: régimen simplificada y régimen común.
RÉGIMEN SIMPLIFICADO: Es un tratamiento especial que se ha diseñado para los comerciantes minoristas o detallistas, cuyas ventas estén gravadas a la tarifa general del impuesto sobre las ventas (16 %).
tengamos presente que el IVA actual para las ventas es del (19%).
RESPONSABLES DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO: Quienes vendan bienes o servicios gravados podrán inscribirse en el régimen simplificado del impuesto sobre las ventas cuando cumplan la totalidad de las siguientes condiciones.
- Que sean personas naturales.
- Que tengan máximo dos establecimientos de comercio.
- Que no sean importadores de bienes corporales muebles.
- Que no vendan por cuenta de terceros, así sea a nombre propio.
- Que sus ingresos netos provenientes de su actividad comercial en el año inmediatamente anterior (1995), sean inferiores a la suma de 54.000.000 y que su patrimonio bruto fiscal al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior (1995), sea inferior a $150.000.000, según el ( Art. 499 del E. T.)
Compromisos de los comerciantes que pertenezcan al régimen simplificado:
- Deberán llevar como costos o gastos en el impuesto de renta el IVA pagado en la adquisición de bienes y servicios.
- Deberán llevar el libro fiscal de registro de operaciones diarias por cada establecimiento ( pagina 140).
- No están obligados a presentar declaración de impuesto sobre las ventas (Art. 601 E.T).
- No pueden cobrar el IVA por la venta o prestación de servicios gravados (Art. 437 E.T)
- No están obligados a expedir facturas en las operaciones realizadas.
NUEVO CORREO: sorivera2020@gmail.com
miércoles, 12 de agosto de 2020
COMPROBACIÓN DE SALDOS. Semana 19 y 20
COMPROBACIÓN DE SALDOS.
Al terminar de registrar los asientos contables, se debe comprobar la aplicación de la partida doble, para ello se resume el desarrollo del ejercicio en una sola cuenta T.
al final se suman los débitos y los créditos, valores que deben ser iguales.
El balance de comprobación correspondiente a los numerales 1), 2), 3), 4) y 5), de los ejercicios de aplicación anterior es el siguiente.
Un balance de comprobación
es un instrumento financiero que se utiliza para visualizar la lista
del total de los debitos y de los créditos de las cuentas, junto al
saldo de cada una de ellas (ya sea deudor o acreedor). De esta forma,
permite establecer un resumen básico de un estado financiero.
EJERCICIOS DE APLICACIÓN PARA BALANCE DE COMPROBACIÓN:
a) Consignación en bancomercio por $500.000.
b) Compra de mercancias al contado por 800.000, valor cancelado con cheque de bancomercio.
c) Compra de mercancía a crédito por $800.000.
d) Venta de mercancía al contado por $1.500.000.
e) Venta de mercancías a crédito por $ 1.700.000.
domingo, 9 de agosto de 2020
CUANDO NO EFECTUAMOS LA RETENCIÓN EN LA FUENTE. Semana No. 19 y 20
Según el artículo 369 del estatuto tributario no están sujetos a retención en la fuente los siguientes:
1). Los pagos o abonos en cuentas que se efectúen a:
a). La nación, los departamentos, el distrito capital, los municipios, las empresas industriales y comerciales del estado del orden departamental y municipal y demás establecimientos oficiales descentralizados, siempre y cuando no se señalen en la ley como contribuyentes.
b). Las entidades no contribuyentes: Entidades sin animo de lucro, las cooperativas que en la distribución de excedentes cumplan con la legislación cooperativa, las cajas de compensación familiar, fondos mutuos de inversión, fondos de empleados, fondos de pensión,de jubilación e invalidez y las asociaciones gremiales cuando no realicen actividades industriales y de mercadeo.
2). Los pagos y abonos en cuenta que por disposiciones especiales sean exentos en cabeza del beneficiario.
3). Los pagos y abonos en cuenta respecto de los cuales debe hacerse retención en la fuente en virtud de disposiciones especiales por otros conceptos.
Retención sobre salarios e ingresos laborales gravables :
Ejemplo: El empleador cancela al trabajador sueldo $1.200.000, comisión por ventas $96.000. Total pagado $1.296.000.
Base liquidación retención = Total Devengado 1.296.000 X 70% = $907.200. Según tabla de retención en la fuente para 1996 a $ 907.200 le corresponden: 39.000.
Ejemplo 2: Pago de fletes por transporte de mercancìas por $185.000; Retención en la fuente 1%.
Retención en la fuente por servicios: Se entiende por servicios toda actividad, labor o trabajo prestado por una persona natural o jurídica sin relación de dependencia laboral, que genera una contraprestaciòn en dinero o especie.
Ejemplo 1: Pago de servicio de mantenimiento y limpieza de maquina de oficina por $120.350; Retención en la fuente 4%.
Ejemplo 2: Pago de fletes por transporte de mercancìas por $185.000; Retención en la fuente 1%.
COMPETENCIA:
En cada uno de los ejercicios trabajar desde el punto de vista; Retenedor y desde el punto de vista ; Retenido; como tambien su respectiva codificación, para cada cuenta.
1). Se paga flete por transporte de mercancías por $300.000; Retención en la fuente 1%.
2). Se paga servicios de mantenimiento y limpieza de máquina de oficina por $500.000; Retención en la fuente 4%
3). Se paga un mes de vigilancia por$ 900.000; Retefuente 2%.
Nota: enviar al siguiente correo: sorivera2020@gmail.com.
Fecha de entrega: miercoles 12 de Agosto / 2020. último día.
martes, 4 de agosto de 2020
EJERCICIOS EN CLASE. Semana No. 18 y 19
Trabajar los siguientes ejercicios en cuentas T y luego en asiento horizontal.
a).La empresa gira un cheque por $120.000, por concepto de arrendamiento de oficinas por un mes.
b). para iniciar una empresa, un socio aporta $1.300.000, con cheque, otro socio aporta un terreno por $ 1.500.000.
c). La empresa recibe $75.000 por concepto de arrendamiento de parqueadero.
d). La empresa gira un cheque por $120.000 por concepto de arrendamiento de oficinas por un mes.
e).Venta de mercancías a crédito por $ 1.800.000.
f).Compra a crédito muebles para la oficina por $ 470.000.
Correo: sorivera2020@gmail.com
lunes, 3 de agosto de 2020
REPASO DEL TEMA DE IVA Y RETEFUENTE. Semana 17, 18 y 19.
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de los impuestos de rentas y complementarios, por el cual una persona (retenedor) deduce a otra (retenido) un porcentaje determinado del valor por pagar al contado o a crédito, en compras o servicios, con el fin de consignarlo en un banco autorizado para recaudar impuestos en nombre de la Administración de Impuestos Nacionales.
AGENTES RETENEDORES: Son las personas naturales, jurídicas y las sociedades de hecho, quienes estan obligadas a efectuar retención por diversos conceptos.
Las personas narueales: Por los siguientes conceptos: salarios o imgresos laborales gravables, loteria rifas, apuestas y similares, venta o enejenación de Activos fijos diferentes de bienes raices, patrimonio, pagos, o giros al exterior.
Las personas jurídicas y las sociedades de hecho: Por los siguientes conceptos: Salarios o ingresos laborales gravables, servicios, honorarios, comisiones dividendos, rendimientos financieros, loterias rifas, apuestas y similares, contratos de construcción y urbanización y en general, de confección de obra material de bien inmueble, arrendamientos, patrimonio, ingresos tributarios, remesas y pagos al exterior y timbre.
OBLIGACIONES DE LOS AGENTES RETENEDORES:
Retener.
Consignar oportunamente los dineros recaudados.
Expedir certificados a los retenidos sobre las retenciones practicadas.
CONTABILIZACIÓN DE RETENCIÓN EN LA FUENTE: Para contabilizar la retención en la fuente se utilizan dos tipos de cuentas:
a)Cuando la empresa retiene, se afecta una cuenta de pasivo, denominada Retención en la fuente.
Ejemplo: Compra de mercancias al contado por $900.000; Iva 16%, Retención en la fuente 3%.
b)Cuando a la empresa le retienen, afecta una cuenta de Activo, denominada Anticipo de Impuestos y Contribuciones o saldos a favor ( Retención en la fuente).
Ejemplo: Venta de mercancias al contado a persona jurídica por $800.000; Iva 16%; Retención en la fuente 3%.
Correo: sorivera2020@gmai.com
LA RETENCIÓN EN LA FENTE. Semana No 18 y 19
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de los impuestos de rentas y complementarios, por el cual una persona (retenedor) deduce a otra (retenido) un porcentaje determinado del valor por pagar al contado o a crédito, en compras o servicios, con el fin de consignarlo en un banco autorizado para recaudar impuestos en nombre de la Administración de Impuestos Nacionales.
AGENTES RETENEDORES: Son las personas naturales, jurídicas y las sociedades de hecho, quienes estan obligadas a efectuar retención por diversos conceptos.
Las personas narueales: Por los siguientes conceptos: salarios o imgresos laborales gravables, loteria rifas, apuestas y similares, venta o enejenación de Activos fijos diferentes de bienes raices, patrimonio, pagos, o giros al exterior.
Las personas jurídicas y las sociedades de hecho: Por los siguientes conceptos: Salarios o ingresos laborales gravables, servicios, honorarios, comisiones dividendos, rendimientos financieros, loterias rifas, apuestas y similares, contratos de construcción y urbanización y en general, de confección de obra material de bien inmueble, arrendamientos, patrimonio, ingresos tributarios, remesas y pagos al exterior y timbre.
OBLIGACIONES DE LOS AGENTES RETENEDORES:
Retener.
Consignar oportunamente los dineros recaudados.
Expedir certificados a los retenidos sobre las retenciones practicadas.
CONTABILIZACIÓN DE RETENCIÓN EN LA FUENTE: Para contabilizar la retención en la fuente se utilizan dos tipos de cuentas:
a)Cuando la empresa retiene, se afecta una cuenta de pasivo, denominada Retención en la fuente.
Ejemplo: Compra de mercancias al contado por $900.000; Iva 16%, Retención en la fuente 3%.
b)Cuando a la empresa le retienen, afecta una cuenta de Activo, denominada Anticipo de Impuestos y Contribuciones o saldos a favor ( Retención en la fuente).
Ejemplo: Venta de mercancias al contado a persona jurídica por $800.000; Iva 16%; Retención en la fuente 3%.
Correo: sorivera2020@gmail.com
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