martes, 7 de julio de 2020

PLAN ÚNICO DE CUENTAS. Semana 14 y 15



El plan  único  de  cuentas  para  los  comerciantes comenzó  a  aplicarse, a partir  del  primero  de  enero de 1993, a nivel  de  reporte a sociedades y comerciantes  legales o estatutaria mente obligados  a  tener revisor  fiscal; a partir  del  primero  de  enero de 1994, a nivel  de  documento fuente, a sociedades  y  comerciantes con  revisor fiscal; y a partir del primero  de  enero de 1995 regirá  para  todos  los  comerciantes obligados  a  llevar  contabilidad.


CATALOGO  DE  CUENTAS:    El catálogo  de  cuentas y su estructura, serán  de  aplicación obligatoria y en la contabilidad no podrán utilizarse clase, grupos, cuentas, o subcuentas diferentes a las previstas en él.

Los entes económicos  que  lo  consideren necesario podrán utilizar internamente, para el registro de sus operaciones, códigos y denominaciones diferentes, caso en el cuál deberán elaborar  una  Tabla de Equivalencias, entre  estas   y  las  contenidas en el  Catálogo del plan único  de  cuentas, la cual estará  a  disposición de  las  personas  o  entidades  que  de conformidad  con  la  ley tengan  la  potestad de inspeccionar o examinar los  libros  y  papeles del ente  económico. sin embargo en libros registrados se deberá  asentar la información contable conforme  al  Catálogo de cuentas del mencionado Plan.


El plan  esta  estructurado sobre  la  base  de  los  siguientes  niveles:


Clase:                El primer  dígito

Grupo:               Los  dos  primeros  dígitos.

Cuenta:             Los cuatro primeros  dígitos.

Subcuenta:       Los  seis primeros  dígitos

Auxiliares:         Con  siete  o  mas  dígitos,


Las  clases  que  identifican  el  primer  dígito  son:


Clase  1:     Activo

Clase  2 :    Pasivo

Clase  3:     Patrimonio.

Clase  4:     Ingresos.

Clase  5:     Gastos  

Clase 6:      Costos  de Ventas.

Clase  7:     Costos de producción  o  de  operación.

Clase  8:     Cuentas  de  orden  deudora.

Clase  9:      Cuentas  de  orden  acreedoras.



Las  clases  1, 2 y 3  comprenden  las  cuentas que conforman  el  balance general, de  las clases 4, 5, 6 y 7, corresponden  a  las  cuentas del estado  de  ganancias  o perdidas o estado  de  resultados  y  las  clases 8 y 9 detallan  las  cuentas  de  orden.

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